Esta mañana, previo a la mesa de negociación, SESFI y UGT
han presentado su plataforma de trabajo a UOB y CCOO, los cuales se han unido
para trabajar sobre ella en la mesa de negociación.
BMN ha recibido con agrado la propuesta conjunta y considera
que se está en posición de alcanzar un acuerdo.
La mesa de negociación se reúne el próximo martes, último
día del proceso, para continuar la negociación y acercar los importes,
principal discrepancia con la empresa. Asimismo, se reformularan algunas de las
peticiones de los representantes de los trabajadores.
La plataforma conjunta se detalla a continuación:
1.-
Ofrecer soluciones viables para matrimonios y parejas de hecho, familias con
hijos escolarizados, familias monoparentales o matrimonios y parejas de hecho
de empleados, con destino incompatible, fomentando la conciliación familiar.
2.-
Facilitar traslado prioritario de personas afectadas a Red Oficinas o a otros departamentos
de SSCC BMN u otras instalaciones del GRUPO en su lugar de origen REAL con
derecho preferente a ocupar cualquier vacante, facilitando la movilidad funcional.
3.-
Especificar en la comunicación de traslado el nuevo centro de trabajo asignado
y la fecha de incorporación exacta a las personas afectadas
4.-
Conceder 4 días de permiso adicionales para la búsqueda de vivienda, colegio,
etc. en el lugar de destino.
5.
Aceptar las solicitudes voluntarias del cupo disponible de reducciones del
20%de jornada asignándose el lunes o viernes a elección de afectado.
6.-
Facilitar acceso a préstamos de 1ª vivienda y anticipos a los afectados en
condiciones de empleado así como la exención de cualquier gasto financiero
derivado de la formalización de los avales requeridos por los propietarios de
los inmuebles arrendados.
7.-
Establecer un pago único sin necesidad de justificación de ayuda a gastos de
traslado de 6.000,-€
8.-
Establecer una ayuda de gastos de vivienda de 800,-€ mensuales durante 48 meses
a las personas desplazadas así como la exención de cualquier gasto financiero
derivado de la formalización de los avales requeridos por los propietarios de
los inmuebles arrendados.
9.- Abono
de los gastos de transporte semanales durante 12 meses a los trasladados.
10.-
Asumir las penalizaciones contractuales derivados de rescisión de contratos de
los alquiler que soporten los trabajadores así como los derivados de billetes
de avión, AVE u otros que se hubieran adquirido con anterioridad.
11.-
Crear una lanzadera desde SSCC de MURCIA/GRANADA al aeropuerto/AVE más cercano
para facilitar desplazamientos a los compañeros allí trasladados con origen
MADRID, CATALUÑA Y BALEARES, así como entre las sedes MURCIA /GRANADA y
GRANADA/MURCIA y GRANADA/MADRID.
12.-
Mantener la cláusula Madrid firmada en las novaciones de contratos de SSCC de
Madrid en los nuevos destinos.
13.-
Retroactividad de aplicar las condiciones de este acuerdo a las personas
trasladadas desde SSCC Madrid a esos centros en los últimos 18 meses actualizándolas
a las firmadas en este acuerdo y reconociendo la movilidad a efectos de
beneficios sociales.
14.-
Indemnización por no aceptar los nuevos traslados por importes correspondientes
a 45 días por año con un máximo de 30 mensualidades así como mantenimiento de
las condiciones de empleado.
15.- Las
personas trasladadas tendrán derecho a acogerse a las condiciones de
desvinculación que se firmen en este acuerdo durante los 12 meses posteriores a
la fecha efectiva de traslado.
16.-
Propuesta de firmar un acuerdo para prejubilación de personas de más de 55 años
solicitamos que se estudie en Mesa Laboral.
17.- Se
constituirá una comisión de asesoramiento al empleado con participación
sindical o se participará en la oficina del empleado con la finalidad de que se
estudien las solicitudes de ajustes entre departamentos, movilidad funcional o
cambios de destino del personal afectado o cualquier casuística especial para
darle solución.
Se
informará a la plantilla de la constitución de esta comisión y de que pueden
dirigirse a ella.
18.- Se
constituirá una Comisión de Seguimiento de este acuerdo.